
El Tribunal Supremo “anula” un “desahucio por impago” en una Vivienda de Protección Oficial (VPO), por su excesivo alquiler.
Expone que:
- Cuando se alquila una vivienda protegida (VPO), hay que respetar un precio máximo fijado por la ley.
- De no hacerlo, la cláusula del contrato que fija el pago de una renta superior es nula y, por tanto, no aplicable.
Es la “conclusión de la sentencia” del Tribunal Supremo que, ha declarado NULO el desahucio de un inquilino de una VPO, por no pagar el total del alquiler pactado, ya que la renta superaba la máxima admitida.
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Filed under: Economia
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